Liquidación de perjuicios morales causados a la madre, por negligencia en los cuidados a su hijo recien nacido. Lo anterior derivado de la responsabilidad contractual derivada del contrato de prestación de servicios médicos hospitalarios celebrado por la madre y la sociedad E.P.S., en virtud del cual esta entidad estaba obligada a prestar a aquella “tales servicios a través de alguna I.P.S.” y, por otra, “para la prestación de servicios médicos y hospitalarios de los afiliados” incluido su hijo por nacer.
Fecha: 14 de diciembre de 2010 Magistrado Ponente: Arturo Solarte Rodriguéz Proceso: 11001-3103-008-2000-00196-01 Ver documento